La
Criptomoneda stablecoin
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La
Planta del futuro Tokenizada
INFORMACIÓN DEL TOKEN
La tenencia de cada LPDA Coin no
otorga derecho real de dominio, posesión o uso sobre la reserva de agua
preservada, sino un derecho de exigencia de cumplimiento de preservación y
del desarrollo internacional del negocio del agua embotellada.
A partir del 2022, cada inversor que haya adquirido las
criptomonedas tendrá la posibilidad de obtener el equivalente en bonos de carbono
asociados a su token y comprar créditos de carbono al 50% de su valor
antes que salgan al mercado.
Los créditos de carbono son cada vez más requeridos por las
corporaciones, tanto para compensar sus emisiones como para perfilar su imagen
en materia de aportes a la Responsabilidad Social Empresaria (RSE).
La previsión es que en el año 2022 se podrán realizar las
certificaciones para convertir la inversión en bonos de carbono, que cotizan en
un mercado internacional, donde se comercializan las unidades de reducción de
emisiones de gases que contribuyen al efecto invernadero (GEI).
Las unidades de emisión de GEI se incorporan al mundo a través de la normativa
contenida en el Protocolo de Kioto (PK), con el objetivo de facilitar el cambio
progresivo de tecnología y producción a nivel mundial, con un uso menos
intensivo de recursos y estructuras que emitan GEI.
Dando un paso más
allá, entre las criptomonedas estables se desarrolló una nueva opción, aquella
que incorpora el concepto de capital natural, introducido por la
Organización de Naciones Unidas (ONU) para cuantificar el valor de los recursos
naturales y su impacto en la economía mundial
La diferencia de otras criptomonedas, LPDA Coin la única manera de obtenerla es por la compra
de la misma, mientras que las otras requieren esencialmente del proceso de
minería para conseguirlas y son a su vez las que se dan como incentivo para el
minero.
"Ethereum ya lanzó su versión 2.0, que reemplaza el
sistema algorítmico PoW [Proof of Work, o prueba de trabajo] para incorporar
ahora PoS [Proof of Stake, o prueba de participación], que es aún mucho más
eficiente energéticamente ya que no requiere de minería"y LPDA Coin la tendrá.
Como la fluctuación del valor de las criptomonedas puede ser amplio y su compra una inversión riesgosa, comenzaron a aparecer las llamadas stablecoins que, como implica su apodo, son más estables porque están respaldadas en moneda tradicional, como es el caso de Tether o TrueCoin, sustentadas en dólares estadounidenses, o metales preciosos como el oro.
Ya hay inversión de los socios fundadores del consorcio e
inversión privado de capitales de riesgo", el proyecto tiene "una
capitalización masiva, con la plataforma dónde la gente compra", y una
capitalización a través de "los capitales de riesgo que adquiere grandes
volúmenes de la criptomoneda"
“Uso de los Ingresos” de la Emisión 37%
Los fondos recaudados en la STO (Security Token Offering) se utilizarán para pagar los costes de ampliación de la Planta industrial y la incorporación de una línea para el envasado en Tetrabrik del agua Mineral, 1 línea para el envasado en latas del agua mineral y continuar con la venta ampliando los Mercados del exterior: Medio Oriente y Asia del Este, USA y Europa.
Action Partner Holding SA se
reserva la opción de priorizar en mayor o menor aportación de los recursos
recibidos a cualquiera de los procesos expuestos en su finalidad, ya que dichos
procesos pueden verse favorecidos o perjudicados, por condiciones de mercado,
legislación medioambiental o fiscalidad y priorizar sobre incrementar su
aplicación o disminuirla e incluso prescindir de alguna de ellas que perjudique
al tenedor del token, según los criterios del equipo gestor.
Garantías
del Emisor
Al inversor se le hará́ entrega
de un “préstamo representado mediante un token”, poniendo como garantía:
- Los derechos sobre la posición
neta del flujo de caja generado, por el Patrimonio Autónomo de los Ingresos por
Ventas y Exportación, Cesión de Créditos por Vtas Contado + Derechos de Cobro
Descuentos el que será utilizado para devolver el préstamo al tenedor del
token.
-La Reserva de Agua
- La totalidad de los derechos de las pólizas de seguros que apalancan el negocio: Seguro de Crédito a la Exportación, Seguro por Frustración de Contrato, Seguro de Crédito, Seguro de Securitizacion de Activos, Seguro de Caución y Garantía, Seguro contra Bioterrorismo, Seguro de Expropiación, Confiscación, Nacionalización.
-Los Bonos al Carbono a ser
emitidos
Naturaleza del Instrumento a Emitir
El instrumento financiero objeto del presente documento de oferta consiste en
un préstamo tokenizado denominado LPDA (La Posta Del
Águila).
El capital obtenido por la colocación de esta
Emisión se instrumentará como tokens representativos de un préstamo, con la
consideración de Préstamo Mercantil de carácter Participativo.
Derechos Económicos del Token
El importe máximo de Tokens a vender es de
2.500.000 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL) Tokens, con un valor unitario de 5
Euro. El inversor asume en todo momento los costes asociados al uso y tenencia
de wallets para almacenar sus tokens.
Derechos Políticos del Token
En el caso, que hubiera algún inversor o grupo de inversores que ostentasen al menos un 30% del total de los Tokens emitidos, podrán solicitar al Emisor la creación de un Comité́ Asesor, el que operará como un órgano “no formal” de carácter colegiado, sin personalidad jurídica ni responsabilidad.
El Comité́ Asesor no se irroga ni asume la representación de la Sociedad, ni pretende suplir ni perturbar el normal funcionamiento de los Órganos de Administración de la Sociedad.
El Comité́ Asesor tendrá́ 5 miembros, de los que 4 serán nombrados por el Órgano de Administración del Emisor, y uno de ellos será́ el Consejero Delegado.
El 5to. miembro será́ nombrado por el inversor o grupo de inversores que ostenten al menos un 30% del total de Tokens emitidos.
Las funciones del Comité́ Asesor serán las siguientes: Servir como sede de reflexión y debate de ideas y adopción de estrategias y decisiones que sus miembros puedan aportar, individual o colectivamente, para su posterior definición y traslación a los Órganos de Administración de la Sociedad, filiales o participadas.
El Comité́ Asesor autorregulará́ sus normas de funcionamiento
interno y se reunirá́ al menos dos veces al año, en la sede social del Emisor.
Duración del Instrumento
El instrumento a emitir tendrá́
una duración exacta de 132 meses desde la comercialización del mismo que se
iniciará el ………… de 2021.
Amortización
La amortización de los títulos
emitidos, una vez finalizados el plazo referido en el punto anterior, implicará
el principal de la deuda y los intereses, es decir, al valor nominal de los títulos
en el momento de la emisión que equivale a 5€ por Token, con más los intereses.
Representación del instrumento
como criptoactivo
La tecnología Blockchain en general y la Blockchain de Ethereum en particular, además de permitir la generación y transmisibilidad de criptodivisas (activos digitales creados mediante bases de datos distribuidas, cuyo objetivo principal es el de servir como unidad de cuenta, medio de intercambio y reserva de valor), también permite la creación y distribución de unidades de cuenta con propósito distintos de las primeras, a los que se denominan tokens.
Según las características y propiedades que se atribuyan
a dichos tokens, estos tendrán un tratamiento técnico y jurídico diferente.
En cuanto a su estructura técnica,
los tokens emitidos seguirán el estándar de token ERC-20 a ser emitido en la Blockchain
de Ethereum.
Para poder llevar una contabilización y seguimiento de los titulares de los tokens en cuestión y la cantidad de estos que ostentan, en los Smart contracts donde se programa tecnológicamente la emisión de los tokens; se implementará un sistema de “lista blanca” o “whitelist”. En consecuencia, sólo aquellas direcciones de Ethereum que hayan sido preaprobadas en este whitelist podrán enviar o recibir los tokens emitidos por el Emisor.
De
esta forma, el Emisor podrá́, en todo momento, disponer de una relación de quienes
son los titulares de los tokens y cuál es el balance de cada uno de ellos,
registrada de forma simultánea y en tiempo real, resultando en un Registro de
Tenedores de Tokens.
En un principio, será́ el Emisor o cualquier
entidad autorizada por este (por ejemplo, la Empresa de Servicios de Inversión
encargada de supervisar la emisión), quien tenga la potestad de añadir o
retirar direcciones de Ethereum del whitelist. El Emisor se reserva la
posibilidad de que el funcionamiento del sistema de lista blanca o whitelist
sufra cambios tecnológicos si así́ lo exige la gestión
Almacenamiento y control de
los Tokens por parte del inversor
De cara al correcto
almacenamiento y control de los tokens por parte de los inversores, estos habrán
de aportar al Emisor y de forma previa a la emisión, una dirección pública de
Ethereum cuya clave privada se encuentre bajo su poder.
Para aquellos inversores que
carezcan de una dirección de Ethereum, el Emisor pondrá́ a su disposición una guía
de cómo crearse una de forma segura.
En los días siguientes a la finalización
del Periodo de Suscripción de Tokens el Emisor remitirá́ a la dirección pública
de Ethereum de cada inversor, la cantidad correspondiente de Tokens en función
del monto invertido.
En ese momento los Tokens estarán
en poder y a disposición del inversor, que podrá́ transferirlos usando su clave
privada. En caso de extravió o perdida de la clave privada de su dirección de
Ethereum por parte de algún inversor, los Smart contracts que gobiernan el
Token del Emisor permitirán bloquear permanentemente los Tokens que se hallen
en dicha dirección y crear y emitir nuevos Tokens a una nueva dirección
provista por dicho inversor.
Sin perjuicio de lo anterior, si
así lo decidiese el inversor, el Emisor podrá ofrecer la custodia de sus tokens
en la plataforma que oportunamente disponga, a la que el inversor tendrá acceso
restringido mediante clave privada.
En el caso de que el Emisor requiera
actualizar las características técnicas o exista algún problema, fallo, error o
riesgo tecnológico derivado del Token del Emisor o de su Smart contract, el
Emisor podrá́ bloquear permanentemente todos los Tokens que se encuentren en
las direcciones de Ethereum de los inversores y transferirles a dichas
direcciones, en la misma proporción, nuevos tokens gobernados por un nuevo
Smart Contract.
Fijación del tipo de cambio
para dólares y criptodivisas
El Compromiso de Suscripción se podrá́
realizar en Euros, Dólares, Ether, Bitcoin o diferentes tipos de stablecoins.
Dada la fluctuación tanto del
precio de las criptomonedas como de la relación Dólar/Euro, y a efectos de
poder calcular el número de Tokens atribuibles a quienes hayan suscrito su inversión
en dólares o criptomonedas, se tomará como referencia el monto en Euros que
resulte acreditado en la cuenta bancaria qué Action Partner Holding SA abrirá en
un Banco de primer nivel para esto.
Para ello el Emisor deberá,
dentro de las 24 hs de recibida la inversión, ejecutar la liquidación contra
Euros de los dólares o criptodivisas del caso. Dada la relación 1 Token = 5
Euro, dicha acreditación definirá el número de Tokens a asignar al Inversor. Se
pondrá a disposición el pertinente extracto bancario que así lo valide.
Distribución de los Tokens
Los Tokens serán distribuidos a las carteras
digitales de Ethereum (en adelante, “la Cartera Digital”) de los inversores,
dentro de los siguientes 3 (tres) días a la recepción de la inversión
realizada.
Los valores emitidos están
representados por unos criptoactivos que siguen el estándar Ethereum ERC-20
(Tokens).
En el documento de suscripción, los inversores
deberán haber detallado su dirección pública de cartera digital para el envío
de dichos Tokens.
Importe de colocación (Hardcap)
La Emisión tiene como Importe Máximo
de Colocación la cantidad de 12.500.000 € (doce millones quinientos mil euros)
o lo que es lo mismo 2.500.000 Tokens LPDA, que el Emisor considera suficiente
para la financiación de su Plan de Negocio.
En el caso de que la suma total
de los Compromisos de Inversión de los inversores supere este importe durante
el Periodo de Suscripción, el Emisor tendrá́ libertad para ajustar a la baja el
montante de Tokens suscrito por cada inversor, a fin de no superar dicho
Importe Máximo de Colocación.
Transmisibilidad entre
Particulares
Los Tokens son, por virtud de su tecnología,
transmisibles entre particulares, y por tanto, se comportan por naturaleza como
títulos al portador.
Por tanto, los Tokens objeto del
presente Documento de Oferta serán transmisibles entre particulares por medio
de tradición.
No obstante, en caso de cualquier
transmisión fuera de mercados secundarios regulados, el adquirente de Tokens tendrá́
que comunicar su identidad al Emisor (y/o a la Empresa de Servicios de Inversión,
sí así́ se requiriese), obligándose con ello a aportar la información
necesaria para que estos lleven a cabo sus obligaciones relativas a la
normativa de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo
si así́ fuese requerido.
En caso que el Emisor (y/o a la
Empresa de Servicios de Inversión) no pueda llevar a cabo satisfactoriamente
sus obligaciones de KYC/AML con respecto al adquirente, los derechos políticos,
de información y económicos asociados al Token podrían no poder ser ejercitados
adecuadamente hasta que este impedimento quede subsanado.
Todos los Derechos Reservados- Copyright son de Action Partner Holding SA




